Protección de datos personales: qué le exige la ley a su empresa
Si su empresa guarda datos de clientes, empleados o proveedores —y toda empresa lo hace— la Ley 1581 de 2012 le exige documentos, procedimientos y, según su tamaño, registrar sus bases ante la Superintendencia de Industria y Comercio.
Lo que la ley pide, en orden
Política de tratamiento de datos publicada, aviso de privacidad, autorizaciones de los titulares, un procedimiento para atender consultas y reclamos con plazos, y el registro de las bases en el RNBD cuando la empresa está obligada por su tamaño o naturaleza.
Quién está obligado a registrar
La obligación de inscribir bases en el RNBD depende del tipo de empresa y de sus activos totales; los umbrales los define la Superintendencia y han cambiado con los años. En la primera revisión le decimos si le aplica y con qué bases. Si no le aplica, no se cobra esa parte.
Dónde se cae la mayoría
Política copiada de internet que no describe las bases reales de la empresa. Autorizaciones que nadie firmó. Datos de clientes en el WhatsApp personal de un empleado que ya se fue. Cámaras de seguridad sin aviso. Un contador externo que recibe la nómina sin contrato de tratamiento.
Qué entregamos
Inventario de bases, política y aviso redactados para su operación, formatos de autorización para web, contratos y empleados, procedimiento de reclamos, cláusulas para proveedores y, si aplica, el registro ante la SIC con su constancia. Es gestión documental: el concepto jurídico lo firma un abogado titulado.
Lo que más nos preguntan.
¿Esto es asesoría jurídica?
No. Es redacción y gestión documental con base en la norma vigente. Si su caso necesita un concepto legal o representación, se lo decimos y lo remitimos.
¿Cuánto tarda el registro?
La radicación se hace en días; la Superintendencia responde con su constancia según su propio tiempo.
¿Y si ya me llegó un requerimiento?
Se atiende primero el requerimiento con los plazos exactos y después se ordena la casa. Avísenos el mismo día: los términos corren.
Le decimos si su empresa está obligada y qué le falta.
Escríbanos el nombre de su empresa y su dominio. Le respondemos con una revisión de tres puntos —ficha de Google, correo suplantable y sitio— y el precio cerrado de lo que haya que corregir.
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